En las últimas semanas hemos asistido a varios artículos de prensa que intentan desacreditar la actuación de José Alberto Carba González, comisario de la Policía Nacional, responsable de la investigación de una denuncia que en su día interpuso el empresario Javier López Madrid contra Elisa Pinto Romero, ambos implicados en el mediático “caso López Madrid”. El origen de tales ataques es la información contenida en un informe de la Guardia Civil en el que consta que el investigador mantuvo contactos a través de mensajes por “sms” con el citado empresario.
Ante tales ataques el SPP quiere poner de manifiesto la información objetiva necesaria para hacer un análisis serio y riguroso del desarrollo de la investigación. El señor López Madrid ejerció su derecho de acusación contra la señora Pinto, imputándole la comisión de una serie de delitos. Fue oído en declaración como víctima y se le otorgó la consideración como tal a efectos legales. Tras las primeras indagaciones los investigadores apreciaron la verosimilitud de los hechos que conformaban la acusación del señor López Madrid, reforzando todo ello el mantenimiento de su consideración como víctima y la obligación de cumplimentar los trámites legales a los que obliga la normativa correspondiente.
En este sentido y con conocimiento y consentimiento de la Autoridad Judicial y de la Comisaría General de Policía Judicial, el responsable de la investigación contactó en varias ocasiones con el Sr. López Madrid, quien estaba sufriendo una afectación psicológica negativa. El contenido de tales contactos se circunscribió escrupulosamente a la materialización de los derechos que toda víctima tiene reconocidos en la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito. Básicamente tales derechos consisten en la prestación de “protección, información, apoyo, asistencia y atención, así como a la participación activa en el proceso penal y a recibir un trato respetuoso, profesional, individualizado y no discriminatorio…” tal y como recoge el artículo 3.1 de dicha Ley.
En desarrollo de esos derechos, el artículo 7 del citado texto legal establece que a la víctima “… se le facilitará, cuando lo solicite, información relativa a la situación en que se encuentra el procedimiento, salvo que ello pudiera perjudicar el correcto desarrollo de la causa.” Y eso fue lo que hizo el responsable de la investigación a través de mensajes por “sms”: trasladarle información sobre la situación del procedimiento salvaguardando en todo momento los límites fijados por la ley.
Creemos que es hora de poner de manifiesto que en el periodismo no todo vale. No se debe consentir la construcción de un relato interesado a partir de un informe hecho también de forma interesada por la Guardia Civil, con la única pretensión de manchar la imagen de la Policía Nacional mediante ataques a uno de sus mandos, en este caso un reputado profesional responsable en la actualidad de la Comisaría del Distrito Centro de Madrid, avalado por una trayectoria profesional intachable. Y todo ello se hace dando crédito periodístico a informaciones y conclusiones que no afectan directamente a la investigación y sin que la autoridad judicial se haya pronunciado respecto de su validez y utilidad para la causa. Es más, la información objetiva está en manos de la Dirección General de la Policía, del Ministerio del Interior y de la autoridad judicial sin que por parte de ninguno de ellos se haya iniciado procedimiento contra el investigador.
Por esto último creemos que es el momento de que la Dirección General de la Policía manifieste también su posición en contra de este tipo de periodismo que tan gratuitamente atenta contra la imagen de profesionales de la Policía que simplemente cumplen con su trabajo. Máxime cuando este tipo de situaciones se vienen repitiendo con demasiada frecuencia. Señor Director General, no basta con expresiones verbales de apoyo a los policías. Actúe ya.
Madrid, 18 de diciembre de 2019
EL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL